En los casos de crisis conyugal, o cuando uno cambia de régimen matrimonial, es preciso liquidar los bienes que se tienen en común y atribuirlos a cada cónyuge en proporción a su participación en la sociedad conyugal. Para realizar estos trámites pueden contar con el asesoramiento notarial en la realización del inventario, valoración de los bienes y forma de distribución, así como las consecuencias fiscales que podría implicar.